Política Nacional05 de Junio
¿Qué dice el decreto que reglamenta la ley de cambio de fechas de las elecciones?
Lo hizo mediante el Decreto 358/2021, publicado la noche del viernes en un suplemento del Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro del Interior, Eduardo ´Wado´ de Pedro.
En su primer artículo, la norma deroga el Decreto N° 303/21 del 7 de mayo, que convocaba originalmente a las PASO para el 8 de agosto y a las elecciones legislativas para el 24 de octubre.
En los considerandos del decreto, se indica que "el aplazamiento de las elecciones, para su realización en meses con temperaturas más elevadas, permitirá optimizar la ventilación de los locales de votación y la implementación de los protocolos sanitarios necesarios".
Además indica que permitirá "avanzar, en ese lapso de tiempo adicional, con la masiva campaña de vacunación que el Gobierno nacional lleva adelante, coadyuvando a un mejor cuidado al inmunizar a la mayor cantidad posible de argentinos y argentinas que deben cumplir con su deber cívico".
El viernes, a través del decreto 357/21, el Poder Ejecutivo promulgó la ley 27.631, sancionada el miércoles pasado por el Senado, que modificaba las fechas de los comicios en virtud de la segunda ola de coronavirus que atraviesa el país.
El artículo 3 de la norma modificó "por única vez", "con carácter de excepción" y "solo para las elecciones nacionales 2021″, el plazo previsto para el registro de candidatos y pedido de oficialización de listas, que será "de hasta 45 días anteriores a la elección".
En tanto, el plazo previsto para el inicio de la campaña electoral será de 45 días antes de la fecha de las elecciones generales.
Asimismo, el artículo 6 establece que la ley "no podrá ser modificada ni derogada durante el año calendario en curso".
En un comunicado, el ministerio del Interior -que encabeza Eduardo 'Wado' de Pedro- indicó que "la intención del cambio de fechas propuesta por el Ejecutivo nacional tiene por objetivo dar continuidad durante cinco semanas más al plan nacional de vacunación antes de la cita electoral".
Asimismo, se consignó que la ley 27.631 promulgada el viernes "fue posible gracias a los consensos construidos con los jefes de bloques de las bancadas opositoras que, luego de varios encuentros entre el ministro del Interior; el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa; y la secretaria de Asuntos Políticos, Patricia García Blanco; resolvieron acompañar la propuesta oficial".
La cartera política también señaló que "el Ministerio del Interior y la Cámara Nacional Electoral elaboraron un protocolo de ordenamiento sanitario para las jornadas electorales que incluye la ampliación de casi un 30% de los establecimientos electorales, que pasarán de 15.000 a 19.000 para reducir el flujo de personas, con un máximo de ocho mesas por cada establecimiento".
También se remarcó que "en el marco de los cuidados previstos para esas jornadas, se implementarán facilitadores sanitarios en todos los establecimientos electorales, se proveerán kits sanitarios para los participantes de los comicios y desplegará en todos los lugares de votación cartelería clara y explicativa de los puntos de ingreso y egreso, de las medidas sanitarias y la disposición de las mesas".
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